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aeat Notificaciones Electrónicas a Empresas Forales, Dirección Electrónica Habilitada. (DEHú)

Ultimamente nos están llegando noticias de que empresas con sede en territorio foral están recibiendo embargos y sanciones por parte de la aeat por no haber contestado a notificaciones y requerimientos emitidos por ésta que a la empresa no les consta haber recibido. Todo ello debido a notificaciones realizadas por la aeat de forma electrónica que la empresa no le costa haber recibido.

Al efecto, os debemos recordar que todas las sociedades mercantiles, personas jurídicas, están legalmente obligadas a mantener sus relaciones con las distintas Administraciones, en este caso fiscales, por medios electrónicos. Esto implica que todas las notificaciones que emitan las distintas hacienas dirigidas a las empresas con domicilio en territorios forales son hechas por medios electrónicos vía el buzón de notificaciones y comunicaciones habilitado al efecto.

En el caso de las empresas radicadas en territorio foral sus relaciones principales se desarrollan con la Hacienda Foral competente, la Hacienda Foral de Gipuzkoa por ejemplo. Es principalmente ante esta Administración ante la que debemos estar registrados y dados de alta para la recepción de las notificaciones electrónicas.

No obstante, es importante señalar que la Hacienda Estatal, la Aeat (la Agencia Estatal de Administración Tributaria) también puede remitir a las entidades radicadas en territorio foral notificaciones y comunicaciones en formato electrónico.

Estas notificaciones si no se ha habilitado una dirección de correo electrónico o nombrado un representante fiscal a estos efectos no llegarán a nuestro conocimiento. Esto no implica que no desplieguen efectos jurídicos, al contrario, se considerarán como válidamente notificadas. Por tanto, estas notificaciones emitidas de forma electrónica se dan como efectivamente notificadas por la aeat por el mero hecho de ser subidas al buzón electrónico y por el transcurso del tiempo desde la puesta a disposición sin ser recogidas por el destinatario, aunque no conste su recepción por éste, su lectura efectiva por parte de la empresa.

Os dejamos el link a la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) en la que podréis daros de alta.

Estas notificaciones pueden versar sobre distintos temas caso de embargos de créditos de clientes, peticiones de información, impuestos municipales etc… En no pocas ocasiones la no contestación a estas notificaciones pueden conllevar sanciones que pueden llegar a suponer importes de consideración.

Os recomendamos, por tanto, que os deis de alta en los buzones de notificaciones (DEHú) con una dirección de correo electrónico en la que recibáis los avisos de las notificaciones emitidas o, bien el caso de la aeat, que nombreis un representante fiscal ante dicha administración, por lo menos, a efectos de notificaciones.

Quedamos a vuestra disposición para lo que podáis requerir al respecto.



By: Javier Peribáñez | Publicado 15-05-2023 | Tributario

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